Es aquel estudiante que está inscripto en alguna carrera comprendida en los niveles de formación y tipos de certificaciones contemplados en la ordenanza de grado.
La ordenanza se aplica al conjunto de las formaciones universitarias terciarias y de grado impartidas por la Universidad de la República, definidas en el artículo 2:
- Carreras de 4 años lectivos o más con un mínimo de 2400 horas o 320 créditos que otorgan el título de Licenciado o título profesional equivalente y pueden incluir titulaciones intermedias.
- Carreras entre 2 y 3 años lectivos con un mínimo de 1200 horas o 160 créditos que otorgan títulos de Técnico o Tecnólogo.
- Ciclos Iniciales Optativos o programas equivalentes que otorgan una certificación específica que habilita el acceso a un amplio campo de formación.
- Otras modalidades de formación y certificación de conocimientos que el Consejo Directivo Central determine, particularmente las que surjan del proceso de ampliación, diversificación, flexibilización y articulación de la enseñanza universitaria y terciaria pública nacional.
Ordenanza de estudios de grado y otros programas de formación terciaria